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Plantilla de factura de México

La OMB emitió la directiva M-15-19 en el verano de 2015, según la cual, para finales de 2018, las agencias federales tendrían que «hacer la transición a la facturación electrónica para las adquisiciones federales apropiadas por uno de los siguientes medios: la migración a un Proveedor Federal de Servicios Compartidos (FSSP) designado y la adopción de la solución de facturación electrónica del FSSP; el uso de una solución de facturación electrónica aprobada por la OMB que se alinee con la misión de la agencia y los requisitos de apoyo; o el cese de cualquier inversión en nuevas soluciones de facturación electrónica».

Según 31 U.S.C. § 3903(a) (1) y 31 C.F.R. § 1315.4(g), en la mayoría de los casos, el pago debe efectuarse en la fecha de pago establecida en el contrato o 30 días después de la «recepción» de una factura adecuada (si no se establece una fecha de pago en el contrato).

Según 31 U.S.C. § 3901(a) (4) y 31 C.F.R. § 1315.4(b), si la fecha de recepción de la factura está anotada en la misma, ésta se considera «recibida» en la fecha de recepción o en los 7 días siguientes a la entrega de los bienes o servicios, lo que ocurra más tarde [suponiendo que: 1) no se haya producido una aceptación anterior; y 2) el contrato no especifique un periodo de aceptación más largo].

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En 2017, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) presentó el CFDI 3.3 (Comprobante Fiscal Digital por Internet). A partir del 1 de enero de 2022, el SAT ha lanzado el CFDI 4.0, el sucesor de la versión anterior.La autoridad fiscal mexicana ha establecido un «período de gracia» durante el cual el CFDI 3.3 y el CFDI 4.0 pueden coexistir para que las empresas se ajusten a estas nuevas regulaciones. Este «periodo de gracia» finalizará el 31 de diciembre de 2022, lo que hará que el CFDI 4.0 sea también obligatorio a partir del 1 de enero de 2023.

Los cambios en la nueva actualización del CFDI 4.0 no son tan drásticos como los anteriores en la actualización 3.3. Los cambios se «añaden» a los requisitos ya existentes del CFDI 3.3. Los cambios más importantes introducidos son:

En la nueva actualización del CFDI 4.0, la cancelación de las facturas electrónicas tendrá que hacerse de manera más minuciosa.Las multas por no cancelar una factura electrónica de manera adecuada con los requisitos antes mencionados pueden oscilar entre el 5% y el 10% del monto total del comprobante fiscal.

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Las facturas estructuradas son una de las formas aceptables de documentar las transacciones, además de las facturas en papel y las hasta ahora utilizadas facturas electrónicas. Las facturas estructuradas se emiten y reciben a través del sistema TIC de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público – el Sistema Nacional de Facturación Electrónica (abreviado como KSeF).

La necesidad de solicitar una factura de forma estructurada requiere la recopilación de un amplio catálogo de datos esperados por las autoridades fiscales. Estos datos pueden estar dispersos entre los sistemas o simplemente no estar disponibles.

Debido a la necesidad de emitir una factura a través del KSeF y al riesgo de exponer posibles irregularidades, los procesos de la organización deben adaptarse para que la facturación sea lo más estructurada y automatizada posible.

Las solicitudes se emiten y reciben de forma estructurada: la agregación, el procesamiento y la transferencia de datos requieren una preparación técnica por parte del cliente, así como la reconstrucción e integración de los sistemas ya existentes.

A principios de octubre de 2021, el Ministerio de Hacienda publicó un anuncio sobre el inicio de las pruebas del KSeF. La documentación proporcionada es estrictamente técnica y está destinada a los departamentos de TI que trabajan en la integración con el KSeF. A partir del 1 de enero de 2022, podrá emitir sus facturas electrónicamente en el Sistema Nacional de Facturas Electrónicas utilizando el entorno de producción del Sistema Nacional de Facturas Electrónicas.

Cfdi méxico sat

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció el 8 de junio de 2022 que la nueva factura electrónica 4.0 (CFDI 4.0) será obligatoria a partir del 1 de enero de 2023. Esta prórroga de seis meses se otorga para que los contribuyentes puedan realizar el proceso de transición necesario. Leer TaxNewsFlash

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