Sanción por no emitir factura

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El CBIC ha notificado que la facturación electrónica será aplicable a partir del 1 de octubre de 2022 para las empresas con un volumen de negocios de más de 10 millones de rupias (en cualquier año fiscal a partir del año fiscal 2017-18) Notificación N º 17/2022 Impuesto Central de fecha 01/08/2022 para las transacciones entre empresas. (Cambio en la Notificación nº 13/2021 Central Tax Dated 21/03/2021).

A) Nivel de entidad: – Independientemente del volumen de negocios, la facturación electrónica no será aplicable a las siguientes categorías de personas registradas por ahora, según lo notificado en la Notificación CBIC No.13/2020 – Impuesto Central:

Una factura electrónica no puede ser parcialmente cancelada, tiene que ser cancelada en su totalidad. Una vez cancelada, deberá notificarse en el IRN en un plazo de 24 horas. Una cancelación hecha después de 24 horas no puede hacerse en el IRN y necesita ser cancelada manualmente en el portal GST antes de que se presenten las declaraciones.

Como es evidente, cualquier incumplimiento del mandato de factura electrónica puede acarrear fuertes sanciones a los contribuyentes. Por lo tanto, es importante que los contribuyentes comiencen pronto a actualizar sus sistemas a la facturación electrónica si no lo han hecho ya.

Factura electrónica obligatoria I Notificaciones emitidas I

Emitir la factura correcta de acuerdo con las normas GST es lo más importante en GST. Esto se debe a que todo en GST como la presentación de declaraciones, el pago de impuestos depende de las facturas. Si las facturas no se emiten correctamente, no hay posibilidades de que los demás pasos sean correctos.

Si las facturas no se emiten de acuerdo con las normas del GST, la persona registrada deberá pagar una multa de 25.000 rupias. Además, si la factura se emite pero no se registra en los libros de contabilidad, también se impondrá una multa de 25.000 rupias.

Si hay algún error en la factura debido a que resulta en el pago de impuestos adicionales y la SCN se ha emitido al contribuyente, en ese caso se aplicarán las disposiciones de la sección 74 y la sanción será aplicable.

SANCIÓN POR NO EMITIR UNA E-INVOICE EN GST I

De acuerdo con el mandato de facturación electrónica, todas las empresas (que facturen más de 20 millones de euros) están obligadas a registrar todas sus facturas B2B y de exportación en el Portal de Registro de Facturas (IRP) para obtener un número de identificación único conocido como Número de Referencia de Factura (IRN). Así, una factura electrónica es un documento con un IRN y un código QR firmado digitalmente e impreso en él.

Una vez generado el IRN y autentificada la factura, sus datos estarán disponibles en el portal GST en T+2 días. Si desea obtener más información acerca de la facturación electrónica y entender quién necesita generar, cómo generar, facturación electrónica en relación con SEZ, RCM, etc., por favor lea – todo sobre Factura Electrónica bajo GST.

En este artículo, no sólo vamos a aprender acerca de las consecuencias del incumplimiento de la facturación electrónica, sino también entender los errores que hay que evitar para salvarse de la sanción. Sin embargo, para hacer lo mismo, primero tendremos que conocer la aplicabilidad de la factura electrónica, es decir, quién está obligado a adherirse al mandato de facturación electrónica, lea aquí: Factura electrónica bajo el GST.

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Breves antecedentes: La ley GST es muy específica y establecida en términos de emisión de facturas de impuestos a cuenta del suministro de bienes o servicios o ambos y la determinación del momento del suministro para la descarga de la responsabilidad GST y las implicaciones en caso de incumplimiento en el mismo w.r.t. intereses, sanciones, enjuiciamiento y compuestos de alivios delito. A este respecto, se adjuntan las disposiciones relativas a la emisión de una factura fiscal y a la determinación de la obligación de pagar el impuesto GST en función del momento de la entrega, las disposiciones relativas a la declaración del impuesto GST, las consecuencias en caso de incumplimiento y las disposiciones relativas a la agravación de la infracción.

La Sección 31(1) de la Ley CGST de 2017 «Factura fiscal» establece que una persona registrada que suministre bienes imponibles deberá, antes o en el momento de: (a) la retirada de bienes para su suministro al destinatario, cuando el suministro implique el movimiento de bienes; o (b) la entrega de bienes o su puesta a disposición del destinatario, en cualquier otro caso, emitir una factura fiscal.

No obstante, el artículo 31, apartado 4, prevé un mecanismo diferente para la expedición de la factura fiscal en caso de entrega continua de bienes*, a saber «Cuando se trate de estados de cuentas sucesivos o de pagos sucesivos, la factura se expedirá antes o en el momento en que se expida cada uno de dichos estados o, en su caso, se reciba cada uno de dichos pagos».