Recuperacion de facturas cfdi sat

Soporte fiscal de Stripe

Los cambios que implica el nuevo proceso de cancelación de facturas electrónicas en México no son triviales. Hay ramificaciones importantes tanto para las operaciones de cuentas por pagar (AP) como para las de cuentas por cobrar (AR).

El nuevo mandato, que corrige una importante laguna en la política de facturación electrónica de México, tiene por objeto permitir al SAT, la autoridad fiscal mexicana, recuperar el dinero perdido por cancelaciones injustificadas o fraudulentas. Para las empresas que operan en México, supone una serie de nuevos requisitos funcionales.

Con el antiguo sistema, las empresas podían cancelar facturas electrónicas unilateralmente, sin notificarlo a las otras partes implicadas. De este modo, podían evitar el pago de algunos impuestos sobre la renta ocultando ingresos. Por otro lado, mientras tanto, los clientes que pagaban por los bienes o servicios no podían deducirse el gasto del impuesto sobre el valor añadido (IVA) pagado, como harían normalmente.

El nuevo mandato introduce a los compradores de bienes y servicios directamente en el proceso de cancelación. Los vendedores deben enviar una notificación a sus clientes antes de anular una factura. A su vez, el cliente debe aceptar o rechazar la cancelación a través del portal del SAT o de un proveedor de facturación electrónica en un plazo de 72 horas. Si el cliente no responde, la factura queda anulada.

¿Dónde puedo encontrar mis facturas de Stripe?

Sovos ha actualizado la versión del webservice de Timbrado (RC Timbre v.6.0) para ofrecer el servicio de certificación (timbrado) de comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) para las versiones 3.3 y 4.0, y para el Comprobante Fiscal Digital por Internet que ampara Retenciones e Información de Pagos (CFDI que ampara Retenciones e Información de Pagos) para las versiones 1.0 y 2.0. Sovos está autorizado por el SAT (Servicio de Administración Tributaria) como Proveedor Certificado para Facturas Electrónicas (PCCFDI) con el número de Autorización del SAT 55267.

Adicionalmente, el servicio de timbrado tiene la capacidad de generar una forma impresa de acuerdo a las necesidades del emisor e incluir la información necesaria que se mostrará en este comprobante. Para obtener la versión impresa del CFDI el cliente necesita tener activo dicho servicio, recuperarlo a través de la API REST de Sovos. Para más detalles sobre cómo obtener este PDF consulta este enlace.

La actualización del LCO puede tardar de 36 a 48 horas a partir de que se obtienen los archivos del CSD, este proceso es automático y lo realizan el SAT y el PAC en conjunto, no es necesario realizar ningún trámite adicional.

Stripe factura las tasas

En el esquema de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), el SAT mantiene en su base de datos centralizada todos los comprobantes certificados de todos los Prestadores de Servicios de Certificación para el padrón completo de contribuyentes. Debido a este modelo centralizado, la cancelación de un CFDI consiste en solicitar directamente al SAT la cancelación del comprobante a través de la Cancelación del CFDI.

La Cancelación de un CFDI puede ser solicitada por el contribuyente directamente en el portal de facturación electrónica del SAT, o a través de un PAC (Proveedor Autorizado de Certificación) como Sovos. El Código Fiscal de la Federación (CFF) para 2017 tuvo una reforma en su artículo 29-A que permite informar a los destinatarios del CFDI de la solicitud de cancelación y permitirles aprobar o rechazar las solicitudes de cancelación.

Bajo este esquema el proceso de cancelación ya no puede ser asincrónico. Cuando hay una solicitud de cancelación, se debe detonar una consulta del estatus del CFDI para saber si el destinatario aceptó la cancelación, o si el CFDI cayó en alguno de los supuestos en los que no se solicitó la aprobación de la cancelación al destinatario. Los escenarios para este supuesto son:

Factura fiscal de Stripe

La Ley de Ingresos de la Federación («LIF») proyecta un ingreso por recaudación federal de tres mil setecientos veintiocho mil novecientos ochenta y siete punto siete millones de pesos, lo que representa un incremento de más de trescientos setenta y siete mil millones de pesos respecto a lo establecido el año pasado.

Se mantienen las tasas actuales de recargos por prórroga, es decir 0.98% mensual sobre saldos insolutos; 1.26% mensual para pagos menores a 12 meses; 1.53% mensual para pagos a plazos entre 12 y 24 meses y; 1.82% mensual para pagos a plazos mayores a 24 meses.

Para evitar que los contribuyentes puedan determinar ingresos menores a los que obtendrían considerando el tipo de cambio establecido por el Banco de México, se propone un parámetro para determinar la ganancia cambiaria, la cual no podrá ser menor a la que resultaría de considerar el tipo de cambio publicado en el Diario Oficial de la Federación («DOF») por el Banco de México correspondiente al día en que se obtenga la ganancia.