Factura de secretaria de finanzas

Factura fiscal simplificada iras

G-Invoicing es la solución a largo plazo para que las Agencias de Programas Federales (FPA) gestionen sus transacciones intragubernamentales (IGT) de Compra/Venta. La Facturación G ayuda (o ayudará) a las agencias y a sus socios comerciales:

Las FPA deben implantar la facturación G para nuevos pedidos antes de octubre de 2022. La fecha límite de implantación obligatoria de octubre de 2022 para los Nuevos Pedidos incluye los Pedidos con un Periodo de Ejecución que comience el 1 de octubre de 2022 o después.

FPAs deben implementar G-Facturación para Órdenes «En Vuelo» para Octubre 2023. La fecha límite de implementación de octubre de 2023 para las Órdenes «In-Flight» incluye la conversión de Órdenes con un saldo abierto y un Período de Ejecución que se extienda más allá del 30 de septiembre de 2023.

Formato de factura Iras

FinanzasEl Departamento de Finanzas es responsable de la recaudación de ingresos, la facturación de servicios públicos, la aplicación de impuestos y aparcamientos, la administración de las nóminas de los empleados, las prestaciones y la seguridad; la gestión de riesgos y la elaboración de informes contables y financieros.

El Departamento de Finanzas proporciona una gestión eficaz y eficiente de los recursos financieros de la ciudad. Es responsable de la recaudación o el desembolso de los ingresos de la ciudad y de todos los fondos que deben estar bajo la custodia del tesorero de la ciudad.

Continuando con el compromiso de la Ciudad con la Reforma de Multas y Tasas, la ADR ofrece la oportunidad de obtener la exención de intereses, costes y tasas en la mayoría de las infracciones de las audiencias administrativas. Obtenga más información sobre los beneficios, la elegibilidad y los requisitos para el Alivio Estándar y el Alivio por Dificultades ahora.

Formación en facturación G

El 4 de mayo de 2023 se presentó finalmente ante la Asamblea Nacional el largamente esperado proyecto de Ley de Finanzas de 2023. El proyecto de ley llega tras muchas especulaciones por parte de los contribuyentes, presiones por parte de las asociaciones empresariales y discursos o promesas de los funcionarios del Gobierno.

Detallamos las expectativas que tenían los contribuyentes en nuestro artículo aquí. Algunas de las propuestas que esperábamos se incluyeron en el proyecto de ley, como la exención del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) para el gas licuado de petróleo, la exención del IVA para los servicios exportados, la reducción del plazo para la tramitación de las devoluciones de impuestos, la introducción de impuestos especiales sobre el pescado y los muebles importados y un programa de amnistía para animar a los contribuyentes a declarar sus deudas fiscales, liquidarlas y, a cambio, disfrutar de una exención de sanciones e intereses.

Nuestro bufete participó en el proceso del proyecto de ley de finanzas 2023 presentando propuestas al Tesoro Nacional. Entre las muchas propuestas que llegaron al proyecto de ley, destacamos la inclusión del programa de amnistía fiscal, que fue una propuesta única de nuestra Firma. La propuesta, si finalmente se adopta en la Ley de Finanzas de 2023, será una extensión del éxito del actual Programa de Declaración Voluntaria de Impuestos (VTDP). Acumulativamente, más de 19.021 contribuyentes se inscribieron en el VTDP con una recaudación estimada de 10.367 millones de Kes. En marzo de 2023, la Autoridad Tributaria de Kenia (KRA) había recaudado 9.329 millones de kes.

Facturación G

Uno de los principales cambios introducidos en la ley TRAIN fue la facturación electrónica obligatoria. En virtud de la ley, los contribuyentes dedicados a la exportación de bienes y servicios, al comercio electrónico y los considerados Grandes Contribuyentes, están obligados a emitir facturas/recibos electrónicos y a comunicar sus datos de ventas a la Oficina de Impuestos Internos (BIR) en el punto de venta en un plazo de cinco años a partir de la entrada en vigor de la ley TRAIN, es decir, el 1 de enero de 2023 o antes. Esta medida está supeditada al establecimiento de un sistema capaz de almacenar y procesar los datos requeridos.

Aunque quizá resulte desconocido para muchos contribuyentes, el concepto de facturación electrónica no es nuevo en el país ni en el resto del mundo. Muchos países desarrollados habían incorporado mucho antes la facturación electrónica a sus requisitos de información y cumplimiento de las obligaciones fiscales.

En 2002, la BIR reconoció la aceptabilidad de la facturación electrónica cuando emitió la Orden de Memorándum de Ingresos (RMO) 29-02. Como directiva, la RMO exigía a los contribuyentes que presentaran sus facturas electrónicas a la BIR. Como directiva, la RMO exigía a los contribuyentes que utilizasen el sistema de facturación electrónica que solicitasen un Sistema Contable Informatizado (CAS) completo que fuese capaz de generar copias impresas de las facturas en cualquier momento. Posteriormente, se publicó la circular Revenue Memorandum Circular (RMC) 71-03, en la que la BIR definía lo que constituye una factura electrónica. Según la circular, la facturación electrónica es un «sistema desarrollado y mantenido por el comprador electrónico o el vendedor electrónico, o ambos, para emitir una factura electrónicamente a través de Internet». De acuerdo con esta normativa, los contribuyentes que deseen emplear un sistema de facturación electrónica deben obtener un Permiso de Adopción CAS de la BIR.