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Las facturas del IVA constituyen un registro y una prueba crucial de la obligación, el cálculo, la contabilidad y la posibilidad de recuperación del Impuesto sobre el Valor Añadido. Permiten a los proveedores, a los clientes y a las autoridades fiscales comunicar y respaldar el tratamiento europeo del IVA en el suministro de bienes o servicios imponibles.
Por ello, la UE y las autoridades fiscales nacionales han elaborado un amplio conjunto de requisitos sobre el formato y la información de las facturas del IVA, que todas las partes deben cumplir para garantizar que no haya problemas en caso de auditoría fiscal.
Todas las empresas registradas a efectos del IVA en la UE deben presentar facturas de IVA por el suministro de bienes o servicios. Cada vez hay más umbrales de valor de las facturas en los que puede exigirse una factura con IVA completa. Por lo general, se trata de unos 200 euros.
Detalles de la factura
Pero usted sabe que la forma de presentarse ante sus clientes es importante. Las facturas son una de las muchas formas de comunicarse con sus clientes. Tienen que alimentar esas relaciones siendo fácilmente comprensibles y reconocibles como parte de su marca. Si recibe llamadas pidiendo aclaraciones sobre las facturas, sabe que no están haciendo su trabajo tan bien como podrían.
Para las empresas no registradas en el IVA que comercializan bienes o servicios en el Reino Unido, estos datos son siempre requeridos por el HMRC. Dependiendo de su situación, es posible que tenga que añadir otras cosas a sus facturas.
Las sociedades limitadas deben poner en sus facturas su denominación social completa, tal como figura en el certificado de constitución. La dirección y el número de su sociedad limitada registrada también deben figurar en sus facturas. No tiene que incluir los nombres de los directores de la empresa, pero si pone uno, debe ponerlos todos.
Debe conservar copias de todas las facturas con IVA que emita, incluso si se anulan o se envían por error. Estos registros de todas sus ventas con IVA son cruciales para tener una declaración de IVA totalmente conforme y, esencialmente, para pagar la cantidad correcta de IVA a HMRC.
Estructura de la factura
Normas nacionales y de la UELos sujetos pasivos que hacen negocios en la UE están sujetos a:Principios básicos de las normas de la UELas normas de la UE se encuentran en la Directiva del IVA:En las notas explicativas se ofrece una explicación detallada de las normas de facturación de la UE.Normas nacionalesLas normas de la UE ofrecen flexibilidad a los países de la UE para que tomen decisiones nacionales. La Comisión Europea publica en su sitio web los detalles de las disposiciones específicas aprobadas por cada país de la UE.¿Cuándo es obligatoria la factura? La factura es obligatoria a efectos del IVA según las normas de la UE en:También puede haber normas nacionales específicas sobre las operaciones que requieren factura.Suministros B2BEn la mayoría de los casos, las empresas deben emitir facturas siempre que se suministren bienes o servicios a:Excepciones i. Servicios financieros y de seguros exentos (artículo 135(1)(a)-(g) de la Directiva del IVA)
Facturas
¿Cuándo tiene que expedir facturas el empresario? Según la Ley del Impuesto sobre las Ventas, el empresario está obligado a expedir facturas si debe cumplir con su obligación de expedirlas en los seis meses siguientes a la realización de la venta.
Nota:Si se realizan otros servicios incluidos en la cláusula general por los que el destinatario debe el impuesto (inversión del sujeto pasivo) en el resto de la zona comunitaria o se realizan servicios intracomunitarios, la factura debe emitirse a más tardar el día 15 del mes natural siguiente a la prestación del servicio.
Medidas de simplificación para las facturas a particularesTodas las características de la factura sólo deben figurar en las facturas a empresarios si los servicios facturados se han realizado para su empresa. Las facturas a particulares no tienen que contener, en principio, estas características.
Nota:Si el empresario ejecuta una entrega o servicio imponible a un no empresario en el contexto de un inmueble, está obligado a emitir una factura. Esto es aplicable desde el 1 de enero de 2008.