Con que otro navegador puedo facturar con el sat

Problema de pago por satélite

En 2017, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) introdujo el CFDI 3.3 (Comprobante Fiscal Digital por Internet). A partir del 1 de enero de 2022, el SAT ha lanzado el CFDI 4.0, el sucesor de la versión anterior.La autoridad fiscal mexicana ha establecido un «período de gracia» durante el cual el CFDI 3.3 y el CFDI 4.0 pueden coexistir para permitir que las empresas se ajusten a estas nuevas regulaciones. Este «periodo de gracia» terminará el 31 de diciembre de 2022, lo que también hará obligatorio el CFDI 4.0 a partir del 1 de enero de 2023.

Los cambios en la nueva actualización del CFDI 4.0 no son tan drásticos como los anteriores de la actualización 3.3. Los cambios son «añadidos» a los requisitos ya existentes del CFDI 3.3. Los cambios más importantes introducidos son:

En la nueva actualización del CFDI 4.0, la cancelación de Facturas Electrónicas tendrá que hacerse de manera más minuciosa.Las multas por no cancelar una Factura Electrónica adecuadamente con los requisitos antes mencionados pueden oscilar entre el 5% y el 10% del monto total del comprobante fiscal.

Procesamiento de pagos por satélite

¿Es posible el registro voluntario a efectos de IVA/IGIC y otros impuestos indirectos para una empresa extranjera (por ejemplo, si el volumen de negocios anual es inferior al umbral de registro de IVA/IGIC y otros impuestos indirectos correspondiente)?

No. En el pasado, era posible registrarse a efectos del IVA de forma voluntaria en virtud de una autorización específica concedida por las autoridades fiscales mexicanas, pero dichas autoridades eran reacias a conceder dicha autorización y, por lo tanto, el proceso era bastante complejo. Las entidades extranjeras con establecimiento permanente en México deben registrarse para efectos de todos los impuestos, no sólo del IVA, y deben cumplir con las obligaciones de todos los impuestos.

Asimismo, un contribuyente mexicano está obligado a contabilizar la inversión del sujeto pasivo del IVA en la importación de bienes intangibles o servicios de una persona o entidad no residente (es decir, el no residente no está obligado a registrarse a efectos del IVA en México respecto de la prestación de servicios). No existen otras categorías de empresas o actividades exentas del registro del IVA.

El tipo de cambio aplicado a efectos del IVA es el tipo diario aplicable el día en que se produjo el apunte fiscal de la operación. La fuente del tipo de cambio es el Banco de México. Las tablas de conversión están disponibles en la página web de la autoridad fiscal mexicana: www.sat.gob.mx.

Error en el pago del consejo universitario

Actualizaciones normativas – GuatemalaObtenga las últimas noticias y actualizaciones sobre facturación electrónica, pedidos electrónicos, archivo electrónico y requisitos normativos en materia de impuestos indirectos.28 de abril de 2023El SAT otorga período de gracia para que las pequeñas empresas se cambien al régimen FELLa Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) de Guatemala decidió ampliar el plazo para adoptar la facturación electrónica para la categoría de pequeños contribuyentes. Leer másSegún el SAT-DSI-400-2023, el plazo para adoptar el régimen FEL (Factura Electrónica en Línea) se amplió a tres meses adicionales del plazo original (31 de marzo de 2023), por lo que las pequeñas empresas deberán cumplir con el mismo a más tardar el 1 de julio de 2023.

A partir del 1 de julio de 2023, las pequeñas empresas estarán obligadas a expedir documentos fiscales a través del régimen FEL. Tenga en cuenta que los documentos tributarios que carezcan del Número de Identificación Tributaria (NIT) y del nombre del beneficiario ya no serán válidos.

Diciembre 10 2021Guatemala amplía el alcance del régimen de facturación electrónica FELVarios nuevos grupos de empresas y contribuyentes deberán incorporarse al régimen de facturación electrónica durante el primer semestre de 2022.Leer másEl alcance del régimen está regulado por tres resoluciones. Las desglosamos a continuación.

Métodos de pago por satélite

A partir del 1 de abril de 2023, sólo será válido el CFDI v4.0 con Carta Porte v2.0. Este cambio es obligatorio para todos los contribuyentes en México que transporten bienes y mercancías dentro del Territorio Mexicano. Esto significa que cualquier otra versión del CFDI o Carta Porte no será aceptada por las autoridades fiscales.

El CFDI, o Comprobante Fiscal Digital por Internet, es una factura electrónica utilizada en México para documentar transacciones entre empresas. Es obligatorio por ley que todas las empresas expidan CFDI por las ventas realizadas dentro del país.

La Carta Porte v2.0 entró en vigor el 1 de diciembre de 2021, y se volvió obligatoria a partir del 1 de enero de 2022. Esto significa que todos los contribuyentes que transporten bienes y mercancías dentro de México deberán utilizar la Carta Porte v2.0 a partir de esta fecha.

Para mayor información, favor de consultar la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en México, dando clic aquí. El SAT es responsable de recaudar impuestos y asegurar el cumplimiento de las leyes fiscales en México.

Marben Acosta Terán supervisa la estrategia global de marketing B2B internacional para Mexicom Logistics. Ella es una apasionada de la construcción de una marca sólida, mientras que la creación de contenido útil para su público. A Marben le encanta aprender más sobre la industria y ser parte de la familia Mexicom.