Correcion de datos en factura 3.3

Cómo rectificar una factura B2B/B2C en el Portal GST

Se pueden realizar modificaciones en cada factura y también en los detalles a nivel de resumen. Ambos tipos de modificaciones tienen sus propias limitaciones. Estos deben ser seguidos claramente para evitar cualquier error en la presentación de GSTR 1.

(2) Las enmiendas también prescriben la presentación secuencial de los detalles de los suministros de salida. 21 de diciembre de 2021(1) A partir del 1 de enero de 2022, los contribuyentes no podrán presentar el GSTR-1 si no se ha presentado el GSTR-3B del período anterior.(2) A partir del 1 de enero de 2022, los funcionarios del GST podrán iniciar procedimientos de recuperación sin necesidad de notificación de causa contra los contribuyentes que declaren ventas inferiores a las declaradas en el GSTR-3B en comparación con el GSTR-1. Las modificaciones podrán realizarse en períodos impositivos posteriores.

La modificación también se puede realizar en el período impositivo posterior, pero la fecha de la factura modificada revisada debe ser la última fecha del período impositivo de la factura original. Por ejemplo, si una factura original fechada el 12/07/2021 se modifica en agosto, la fecha de la factura modificada no puede ser posterior al 31/07/2021.

Para los tres tipos de modificaciones a nivel de resumen, los detalles de los impuestos siempre se rellenan sobre la base del Lugar de Entrega (POS) y el tipo impositivo. Por lo tanto, la modificación de ambos datos debe realizarse únicamente a nivel de resumen.

Solución de facturación electrónica de CompuTax

He cometido un error en la factura y ya he generado una factura electrónica. ¿Puedo modificar la factura electrónica? He introducido datos incorrectos o erróneos; ¿puedo modificar la factura electrónica y corregir los detalles? Estas son algunas de las situaciones frecuentes y comunes que algunos de nosotros nos hemos encontrado desde que se introdujo la facturación electrónica.

No importa lo consciente que seas al facturar, a veces simplemente ocurre y eso te pone en una situación que requiere que edites o modifiques la factura electrónica. Aunque parece que estas situaciones ocurren, la pregunta importante es si las facturas electrónicas pueden modificarse o editarse una vez que se han generado el IRN y el código QR.

Sí. Una vez generado el IRN para una factura, la factura electrónica no se puede modificar, enmendar ni eliminar. Ahora bien, es posible que se pregunte, ya que sabe que los datos de la factura electrónica son incorrectos y no se puede modificar. ¿Existen otras opciones? Sí, existen otras opciones para corregir los datos de la factura electrónica además de modificarla.

En todas aquellas situaciones que requieren la modificación de la factura electrónica, la única opción que se puede utilizar es cancelar el IRN generado con información incorrecta. En pocas palabras, hay que anular la factura electrónica generada con datos erróneos. Posteriormente, registre una nueva factura con los datos correctos y cárguela para generar un nuevo IRN. Recuerde que no puede utilizar el mismo número de factura, debe ser un número nuevo y, lo que es más importante, la cancelación se permite antes de 24 horas desde el momento en que se genera el IRN.

Cómo conciliar GSTR-2 en TallyPrime | Hindi | Versión 1.X

El documento se ocupa de aclarar los requisitos para garantizar la interoperabilidad de la contratación pública electrónica paneuropea y proporciona directrices para apoyar estos requisitos y la forma de aplicarlos.

El objetivo de este documento es describir un formato común para el mensaje de respuesta de factura en el mercado europeo, y facilitar una implementación eficiente y un mayor uso de la colaboración electrónica en relación con las respuestas de factura basadas en este formato.

Proporciona al vendedor, como emisor de la factura o nota de crédito, información sobre el estado de su factura o nota de crédito y proporciona al comprador, como receptor de la factura o nota de crédito, medios eficientes para mantener informado al vendedor.

Desde la creación de un mensaje electrónico, pasando por la línea de transporte que recorre una o más redes de transporte, hasta el receptor designado y todo el camino hasta el eventual procesamiento del contenido del mensaje; puede existir la necesidad de dar respuestas a las partes relevantes en línea ascendente sobre el estado o los resultados de las acciones por las que pasa el mensaje.

Eficiencia AP: Cómo agilizar la tramitación de facturas

El CESTAT sostuvo que el artículo 149 de la Ley de Aduanas de 1962 prevé la modificación de la factura de entrada. De acuerdo con la misma, la factura de entrada podría haber sido modificada por las autoridades fiscales para corregir el error administrativo cometido por el recurrente en la autoliquidación o en la liquidación de Hacienda. La mencionada factura de entrada se presentó sobre la base de una factura comercial en la que se indicaba que la cantidad era de 2.760 unidades de paneles LED retroiluminados, mientras que en la factura de entrada la cantidad total era de 5.520 unidades. El error es evidente ya que el número de factura también coincide. Estos errores pueden ser considerados para realizar la modificación prevista en el artículo 149.

Este recurso se dirige contra la Orden en Apelación No. 502 (Gr.II)/2021(JNCH)/Appeals de fecha 22.06.2021 dictada por el Comisionado de Aduanas (Apelaciones), JNCH, Mumbai-II, por la que el Comisionado (Apelaciones) ha observado lo siguiente:-.

"6. Además, siempre que se detecten errores después de la presentación de documentos, las enmiendas a la B/Entry se llevan a cabo con la aprobación del Comisionado Adjunto/Asistente. La solicitud de modificación puede presentarse con los documentos justificativos. Según el artículo 149 de la Ley de Aduanas de 1962, "no se autorizará la modificación de un conocimiento de embarque o un conocimiento de embarque o un conocimiento de exportación después de que las mercancías importadas hayan sido despachadas para el consumo interno o depositadas en un almacén, o las mercancías de exportación hayan sido exportadas, salvo sobre la base de pruebas documentales que existían en el momento en que las mercancías fueron despachadas, depositadas o exportadas, según el caso". Por lo tanto, la ley permite la modificación de un B/E o S/Bill incluso después del despacho de aduana de las mercancías, pero sólo sobre la base de los documentos que existían en el momento del despacho de aduana de las mercancías. Si el importador o su CHA hubieran sido precavidos, habrían podido llevar a cabo la corrección en esta misma fase. Pero han optado por no hacerlo por las razones que mejor conocen.

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