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Impuesto turístico en México (uk)
CFDI, significa Comprobante Fiscal Digital por Internet, y es la facturación electrónica establecida por el código fiscal federal mexicano. Es obligatorio para las empresas que hacen negocios en México desde 2011. Es el mecanismo que utiliza el gobierno mexicano para asegurarse de que está recibiendo pagos correctos.
Aunque la facturación electrónica ya se emitía en México desde 2011, la información de los documentos elaborados para el comercio exterior (COVE, Proforma, Pedimento) no estaba vinculada con los impuestos internos por lo tanto, se decidió implementar un Complemento de Comercio Exterior al CFDI para lograr este intercambio informativo entre autoridades fiscales, por medio de internet.
Este Complemento de Comercio Exterior debe ser utilizado por las personas físicas o morales que exporten mercancías con la clave de exportación "A1", que se utiliza para las exportaciones definitivas (permanentes). No aplica para las exportaciones realizadas a través de servicios postales, ya que éstas se consideran exportaciones menores.
De 2002 a 2005, la facturación es emitida por una imprenta autorizada. La transición a la facturación electrónica tiene lugar de 2005 a 2013. En 2014, se implanta incluyendo el estándar tecnológico XML, así como el uso de la firma electrónica.
Delta méxico devolución de impuestos turísticos
1 de mayo - Estados Unidos: Exención de tramitación del impuesto sobre las ventas (Arizona); gastos de entrega e instalación sujetos al impuesto sobre las ventas o el uso (Michigan); cambios en los impuestos especiales y de franquicia pendientes de promulgación (Tennessee).
12 de diciembre - Estados Unidos: Cánones de franquicia sujetos al impuesto sobre ventas y uso (California); estación de carga eléctrica sujeta al impuesto sobre ventas (Luisiana); envíos directos sujetos al impuesto sobre ventas, preguntas frecuentes sobre la ley de nexo económico (Misuri)
5 dic - Estados Unidos: Propuesta de orientaciones sobre las ventas en el mercado (California); determinación del origen de los ingresos procedentes de las ventas de servicios (Florida); determinación del origen de los ingresos procedentes del uso de la propiedad intelectual (Ohio); prestación de servicios no imponibles frente a programas informáticos imponibles (Tennessee)
17 Oct - Estados Unidos: El servicio de fotografía digital no está sujeto al impuesto sobre ventas y uso (Mississippi); venta de suscripciones a publicaciones electrónicas (Tennessee); gravabilidad de los servicios de información (Texas); litigios sobre el nexo (varios Estados)
19 Sep - Estados Unidos: Exención del impuesto sobre ventas y uso en la fabricación (Missouri), contrato de servicios sujeto al impuesto sobre ventas y uso (Carolina del Norte), recaudación del impuesto sobre ventas y uso por vendedores de fuera del estado (Pensilvania), cuotas de socios de librerías sujetas al impuesto sobre ventas y uso (Carolina del Sur)
Suroeste
El cumplimiento de las obligaciones fiscales en Francia ya es complicado. Las nuevas normativas de facturación y declaración electrónicas introducidas por la DGFIP en 2024 harán que las empresas que operan en la República Francesa se enfrenten a algunas de las obligaciones de cumplimiento más onerosas de todas las jurisdicciones de IVA.
Las empresas que necesitan utilizar una PDP para cumplir con el mandato francés se enfrentan a una decisión crítica adicional en lo que ya es un nuevo proceso complejo de navegar. La necesidad de un PDP eleva las apuestas, por lo que es crucial tener respuestas fiables a lo siguiente:
Además del requisito existente para las facturas B2G (contratación pública), la reforma del mandato francés en 2024 exigirá que las facturas B2B se intercambien electrónicamente. A medida que avance cada factura electrónica B2B, su estado cambiará. Existen 14 posibilidades de estado que deben comunicarse entre las partes comerciales. De estas 14, 4 también deben comunicarse automáticamente a la plataforma de la autoridad fiscal. El resultado será una enorme cantidad de datos adicionales que fluirán en múltiples direcciones.
Recibo del billete E
Se incrementa sustancialmente el tipo de retención fiscal sobre los intereses pagados al sistema financiero, que pasa del 1,04% al 1,45% anual. Este aumento desincentivaría el ahorro, al tener que pagar un 30% más de impuestos sobre la cantidad ahorrada.
Se eliminan los supuestos que eximen a los liquidadores y administradores concursales de la responsabilidad solidaria por los tributos devengados por la sociedad en liquidación o en concurso o los recaudados durante el ejercicio de sus funciones.
Asimismo, se eliminan los supuestos descritos en el artículo 26, fracción III, incisos a), b), c) y d) del CFF, para evitar que cualquier director general, gerente general o administrador único de cualquier sociedad mercantil, así como cualquier accionista, socio o partícipe, puedan ser liberados de la responsabilidad solidaria por los impuestos causados o no retenidos por la sociedad mercantil durante el proceso de liquidación o concurso mercantil, así como por los impuestos que debieron pagarse pero que no pueden garantizarse con bienes propiedad de la sociedad mercantil administrada por el liquidador o síndico.
Según la Exposición de Motivos, con estas medidas se pretende ir contra las empresas que emiten facturas por operaciones simuladas o inexistentes; en la actualidad, después de que las autoridades fiscales detecten a dicha empresa y ejerzan sus facultades de comprobación y ejecución, la empresa inicia el proceso de liquidación y el liquidador queda liberado de la responsabilidad solidaria con la simple presentación de las notificaciones requeridas.