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México cuenta con uno de los sistemas de facturación electrónica más sofisticados de América Latina. Conocido localmente como Comprobante Fiscal Digital por Internet, o simplemente CFDI, fue establecido en 2011, cuando sustituyó al CFD o Comprobante Fiscal Digital. La diferencia entre estos dos tipos de comprobantes/certificados que sustituyeron a la factura en papel es que el CFDI requiere validación por parte de un Proveedor Autorizado de Certificación, también conocido como PAC. En algunos casos dicha validación se puede hacer directamente con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

El sistema de factura electrónica en México contiene múltiples tipos de certificados fiscales. Entre los principales se encuentran:Comprobante de ingresos: se expide principalmente en operaciones de venta por las que se recibe algún tipo de ingreso en efectivo, cheque o cualquier otra forma, generalmente por ventas de bienes y servicios, pero también en caso de donativos y honorarios.Comprobante de egresos: este tipo de certificado fiscal se expide en los casos en que la empresa paga o devuelve dinero como resultado de devoluciones, bonificaciones, descuentos, o cancelación total de un comprobante de ingresos. Equivalen a notas de crédito.

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La mayoría de los catálogos más recientes del SAT son soportados por la SuiteApp. Los catálogos del SAT contienen códigos y valores que describen o clasifican un producto o servicio, transacción, pago, categoría fiscal, tipo de industria y otros elementos del negocio. El SAT requiere campos con estos códigos y valores para ser incluidos en los Archivos de Contabilidad Electrónica para México y en las Facturas Electrónicas para México.

Al instalar la SuiteApp de Localización para México, los catálogos se almacenan en NetSuite como registros personalizados. Los campos personalizados se integran o mapean automáticamente a las transacciones o registros aplicables de NetSuite para capturar la información en los catálogos del SAT. Los valores que se pueden elegir en estos campos personalizados proceden de los catálogos.

Indicación del tipo de operación de la transacción. Este campo es obligatorio para los informes DIOT. Si no selecciona ningún valor, el informe DIOT utiliza Otros como tipo de operación por defecto para la transacción.

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Contrario a la información que ha estado circulando por internet y redes sociales, esto entró en vigor el 1 de enero. El 3 de enero, el SAT emitió un comunicado de prensa que puede consultarse aquí en el que se señala que no habrá sanciones para las personas físicas desempleadas o sin actividad empresarial que no se inscriban en el RFC. Esto se debe en parte a que, dado el sistema actual de inscripción presencial al RFC, tomará algún tiempo para que el SAT pueda inscribir físicamente a todas las personas; por otro lado, el presidente también se pronunció al respecto dejando claro que la intención de esta reforma no era sancionar a las personas, sino contar con una mejor y más completa base de datos, y proteger a las personas del robo de identidad fiscal. ¿Y los extranjeros?

En primer lugar, el hecho de que un extranjero sea residente porque Migración le otorgó la residencia no lo convierte automáticamente en residente fiscal, básicamente significa que se le permite estar en el país por más de 183 al año. El Código Fiscal Federal establece que un individuo puede ser considerado residente para efectos fiscales cuando su residencia (refiriéndose a casas, condominios, casas rodantes, etc.) está en el país. Si también tienen un lugar en otro país, entonces lo que determina la residencia fiscal es el centro de intereses vitales que se define como el lugar donde alguien obtiene más del 50% de sus ingresos. La gran mayoría de los expatriados también tienen un lugar en el extranjero y no tienen ningún ingreso de origen mexicano o, si lo tienen, es menos del 50% de sus ingresos totales. Si tienen ingresos de fuente mexicana, entonces deben pagar el impuesto sobre la renta a México sólo por esos ingresos porque no se consideran residentes fiscales en México.

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La facturación electrónica en México ya es obligatoriaOctubre 2011Las empresas que operan en México deben ser conscientes de que las facturas (factura), y la forma en que se presentan, pueden tener un efecto sobre su negocio en México, en particular con las autoridades fiscales mexicanas. Hasta ahora, las empresas mexicanas sólo tenían que preocuparse de las facturas en papel, que están sujetas a normas especiales sobre dónde y quién puede imprimirlas. El 1 de enero de 2011, México comenzó a exigir a las empresas integrarse con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para la emisión y aprobación en tiempo real de facturas electrónicas.

La nueva factura electrónica en México es un comprobante fiscal digital denominado "Comprobante Fiscal Digital" (CFDI) o "factura electrónica" que documenta y confirma la realización de una operación comercial conforme a los estándares definidos por el SAT en el Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal, y que puede ser generado, transmitido y protegido por medios electrónicos.

A partir de ahora, todas las facturas en México deben ser electrónicas. Las facturas en papel impresas antes del 1 de enero de 2011 por una imprenta autorizada podrán seguir utilizándose hasta la fecha de vencimiento establecida en la factura (normalmente dos años). Cuando sea necesario, las nuevas facturas en papel deberán llevar un código de barras (Código de Barras Bidimensional o CBB). Este proceso de transición no se aplica a las empresas con unos ingresos anuales superiores a 4 millones de pesos (unos 325.000 dólares estadounidenses); salvo contadas excepciones, éstas deben empezar a utilizar de inmediato únicamente facturas electrónicas.

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