Recuperar el iva de facturas impagadas

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Las normas de HMRC sobre deudas incobrables significan que si un cliente no paga su factura, al menos puede reclamar el IVA que haya contabilizado. Pero, ¿cuál es la situación del IVA si tienes un litigio con un proveedor y le estás reteniendo el pago?

Como sabe, la contabilización del IVA por el método normal implica cargar o reclamar el IVA cuando emite o recibe una factura. Esto significa que tiene que dar cuenta a Hacienda del IVA que ha cargado en una factura de venta, aunque no le hayan pagado. Por otro lado, puede reclamar el IVA de las facturas de compra que haya recibido, aunque no las haya pagado, pero no indefinidamente.

Hay un plazo de seis meses para reclamar el IVA de las compras, a partir del llamado punto impositivo. Es la fecha que figura en la factura del proveedor o la fecha en que se entregaron los bienes o se prestaron los servicios si es más de 14 días antes. Si transcurridos seis meses no ha pagado la factura, deberá ajustar su próxima declaración y devolver el IVA a HMRC. Aun así, podrías disponer del dinero durante casi nueve meses.

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Está revisando los acreedores comerciales antiguos y hay una serie de facturas de proveedores con más de seis meses de antigüedad cuyo pago está reteniendo por estar en litigio. ¿Tiene que devolver ahora el IVA correspondiente a estas facturas a HMRC?

A menos que utilice el sistema de contabilidad de caja de HMRC, puede reclamar el IVA soportado en las compras durante el periodo de IVA en el que reciba una factura de IVA del proveedor. Pero si está reclamando la factura y reteniendo el pago, tiene un plazo limitado para retener el IVA que ha reclamado.

La norma es que sólo puede conservar el IVA recuperado si ha pagado la factura del proveedor en los seis meses siguientes a la fecha de la prestación o, si es posterior, a la fecha de vencimiento del pago. Una vez transcurrido ese plazo, debe ajustar la declaración del IVA de la empresa para devolver el IVA reclamado en la factura al HMRC.

Ejemplo. Una factura de un proveedor tiene fecha de 31 de agosto de 2014 y fecha de vencimiento de pago de 30 de septiembre de 2014. Si parte de la factura sigue sin pagarse a 31 de marzo de 2015 (seis meses después de la fecha de vencimiento), entonces tendría que hacer un asiento de anulación en la línea de IVA soportado, es decir, en la casilla 4 de su próxima declaración de IVA, equivalente al importe del IVA sobre la suma no pagada. Así, si el importe de la factura impagada era de 600 libras (IVA incluido), el impuesto soportado de 100 libras (suponiendo un tipo de IVA del 20%) deberá ajustarse en la declaración del IVA y devolverse a HMRC. Consejo. Si tiene un litigio con su proveedor por la factura, pregúntele si acepta prorrogar el plazo de pago. Si lo hace, no tendrá que efectuar el reembolso hasta seis meses después de la fecha posterior.

Condonación de deudas incobrables por IVA

Cualquier persona registrada a efectos del IVA que haya realizado entregas de bienes o prestaciones de servicios a un cliente por las que no se le haya pagado, y cualquier persona que haya recibido una entrega de bienes o prestación de servicios y no haya efectuado los pagos correspondientes.

Desde la introducción de la desgravación por deudas incobrables, se han introducido varios cambios en su disponibilidad, su funcionamiento y los plazos aplicables. Por regla general, la desgravación debe solicitarse en un plazo de 4 años y 6 meses a partir de la fecha en que el pago era exigible o de la fecha de la entrega o prestación, la que sea posterior. Las entregas efectuadas entre el 1 de abril de 1989 y el 30 de abril de 1997 aún pueden acogerse a la desgravación en determinadas condiciones.

Si ha efectuado entregas a sus clientes a partir del 1 de abril de 1989 y no ha cobrado, puede solicitar la desgravación del IVA sobre deudas incobrables por los bienes o servicios que haya suministrado siempre que cumpla todas las condiciones. Puede solicitar la desgravación tanto si el pago que se le adeudaba era en dinero como si se trataba de bienes o servicios que se le iban a suministrar en un acuerdo de trueque.

Reclamación del IVA sobre facturas de compra impagadas

Cuando llega el momento de presentar y pagar su declaración del IVA, debe incluir y pagar a Hacienda los importes de IVA cobrados a sus clientes durante ese período de declaración del IVA. Aunque aún no haya recibido el pago de la factura de su cliente, debe declarar y pagar a Hacienda los importes de IVA cobrados durante el periodo de declaración.

Declarará estas facturas impagadas en el período de declaración del IVA correspondiente a la fecha de la factura. Existen algunas excepciones a esta norma. Para conocer el calendario exacto de sus obligaciones de declaración, puede consultar las normas sobre el punto impositivo aplicables en cada país.

Las normas sobre el punto impositivo determinan el momento en que se devenga el IVA. Las operaciones deben consignarse en la declaración del IVA del período en que se produjo el punto impositivo. En Europa, algunos países toman la fecha de facturación como fecha de devengo del impuesto, mientras que otros toman como fecha de devengo del impuesto el momento en que se completa el servicio o se ponen los bienes a disposición del cliente. Algunas jurisdicciones combinan ambas, la fecha de facturación y la transacción completada.

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