Obligacion de hacer factura electronica

Requisitos de facturación en Alemania

Durante el Consejo de Ministros del 15 de septiembre de 2021, se presentó una ordenanza relativa a la generalización de la facturación electrónica en las operaciones entre sujetos pasivos del IVA. Esta ordenanza pospone a 2024 (en lugar de 2023) la obligación de que una empresa acepte facturas en formato electrónico y a 2026 (en lugar de 2025) la obligación de emitirlas, tal y como establece la Ley de Finanzas de 2020. Una forma de simplificar el trabajo de las empresas, pero también la detección del fraude.

Según el artículo 195 de la Ley de Finanzas, la generalización de la facturación electrónica afecta a las operaciones interiores entre sujetos pasivos del impuesto sobre el valor añadido (B2B). La ordenanza también incluye una sección sobre la transmisión adicional de datos de las transacciones (B2B internacional, B2C y datos de pago). Está previsto que estas obligaciones se desplieguen entre 2024 y 2026 según un calendario progresivo que depende del tamaño de la empresa.

- Aligerar la carga administrativa de las empresas y reducir los plazos de pago. "El paso a la facturación electrónica representará una ganancia para la economía de al menos 4.500 millones de euros", afirma el comunicado de prensa oficial;

Requisitos de facturación de la UE

El artículo 88.2 de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido establece que el IVA se repercutirá a través de la factura, en las condiciones y con los requisitos que reglamentariamente se determinen. Un claro indicio de que el nuevo Reglamento de facturación aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, pretende impulsar la factura electrónica es que establece el mismo tratamiento para las facturas electrónicas que para las facturas en papel. Se establece una nueva definición de factura electrónica, es decir, una factura que cumple los requisitos establecidos en el Real Decreto pero que ha sido expedida y recibida en formato electrónico.

Por tanto, esta equiparación de tratamiento para las facturas en papel y electrónicas amplía las posibilidades de que el proveedor pueda emitir facturas electrónicamente sin necesidad de utilizar tecnología específica para ello.

Desde el 15 de enero de 2015 existe en España (por aplicación de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas del sector público) la obligación de expedir facturas en formato electrónico que afecta a las empresas que operan en determinados sectores (según una lista incluida en la ley) y prestan servicios "de especial trascendencia económica" al público en general.

Texto de la factura de cobro revertido

Si tiene alguna pregunta general sobre la facturación electrónica, consulte la información facilitada por la administración federal en el sitio web "Die E-Rechnung in der Bundesverwaltung" accesible en e-rechnung-bund.de (información en inglés y francés disponible para descargar) o póngase en contacto con el servicio de asistencia a emisores de facturas en los portales federales de presentación de facturas (ZRE, OZG-RE) por teléfono de lunes a viernes de 8.00 a 16.00 horas en el +49 30 2598 4436 o por correo electrónico en [email protected].

Si un contrato antiguo no incluye una referencia de pedido, introduzca el número de contrato ("Auftragsnummer") de su documento contractual en la referencia de pedido o póngase en contacto con la oficina de contabilidad.

Los contratos más antiguos no incluyen ninguna información sobre la facturación electrónica, la referencia del comprador o el número de pedido. Si tiene que emitir una factura electrónica para un contrato antiguo, pida a la oficina de contabilidad que figura en el documento contractual la referencia del comprador (Leitweg-ID) y el número de orden de compra.

Requisitos de facturación internacional

En general, la facturación electrónica obligatoria se aplicará a las actividades que actualmente requieren documentación con una factura emitida de conformidad con la Ley polaca del IVA. No obstante, pueden incluirse otras actividades, como los servicios sujetos a la exención del IVA. Por lo tanto, se trata principalmente de actividades sujetas al IVA en Polonia, incluidas las entregas nacionales de bienes y la prestación de servicios entre empresarios (B2B), autoridades públicas (B2G), así como a consumidores (B2C).

Este material se ha elaborado únicamente con fines informativos generales y no debe considerarse como asesoramiento contable, fiscal o profesional de otro tipo. Consulte a sus asesores para obtener asesoramiento específico.

Subir