Requisitos de facturación en México
En los últimos años ha existido un esfuerzo constante por parte de las autoridades fiscales para obtener información que permita un control fiscal más eficiente; con el objetivo de lograr mayores ingresos para el gobierno. Esto ha llevado a que las autoridades fiscales se enfoquen en la supervisión de las empresas extranjeras que operan en México. Por esta razón, es vital que las empresas extranjeras que operan en México conozcan a fondo sus requisitos de facturación.
Una empresa extranjera está sujeta al pago de impuestos por las actividades que realiza en México, ya sea a través de retenciones por ingresos obtenidos en el país, impuestos/ derechos de importación o actividades gravadas con IVA. Recientemente, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha estado revisando a todas las empresas mexicanas que compran bienes a empresas extranjeras que operan en México.
Si bien existe la obligación para las empresas mexicanas de pagar el IVA, también tienen derecho a acreditarlo y por lo tanto el pago del mismo es «virtual»; es decir, el resultado de este esfuerzo de fiscalización no tiene un efecto recaudatorio y sólo genera costos e inconvenientes para las empresas mexicanas y para el propio SAT.
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Cada país tiene sus propios requisitos de facturación, que dictan cómo se crean y utilizan las facturas. Estos requisitos se establecen para proteger al comprador, al vendedor y los intereses del gobierno. Los vendedores suelen emitir facturas a los compradores por diferentes motivos. Las facturas pueden ser físicas o electrónicas.
En 2011, México se convirtió en uno de los pocos países que exigen que todas las facturas que se emiten y utilizan en el país estén en formato electrónico. Este requisito ha hecho que la generación y uso de facturas sea fluida y sencilla.
Antes de que las facturas electrónicas lleguen al SAT, éstas pasan primero por un servicio web recomendado por el gobierno (Proveedor Autorizado de Certificación o PAC) para su verificación. El PAC se encarga de la validación de las facturas, la asignación de números de referencia y la inserción de firmas digitales antes de la aprobación del SAT.
Antes de utilizar el CFDI, los usuarios deben asegurarse de que la factura esté registrada en un sistema de facturación capaz de detectar y registrar el momento en que un contribuyente genera la factura. Posteriormente, los emisores deben utilizar certificados digitales para generar y emitir facturas electrónicas.
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Este artículo proporciona información sobre las facturas electrónicas que su organización puede presentar a la autoridad fiscal mexicana (SAT). Describe el método actualmente aprobado para presentar facturas electrónicas (CFDI), los requisitos para utilizarlas y la información que incluyen.
La integración con el servicio web PAC no forma parte de la localización mexicana. Para obtener información sobre cómo personalizar la conexión de un servicio web con un PAC, consulte «Personalización de la integración con los servicios web del PAC» más adelante en este artículo.
Como se explica en detalle en el documento de alcance de la localización mexicana, la integración con los servicios web PAC requiere personalización. Esta personalización varía, dependiendo de los servicios web PAC que se contraten.
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Actualizaciones normativas – MéxicoObtenga las últimas noticias y actualizaciones sobre facturación electrónica, pedidos electrónicos, archivo electrónico y requisitos normativos en materia de impuestos indirectos.12 de abril de 2023Ampliación del plazo para cumplir con la nueva versión 4.0 del CFDI El gobierno mexicano ha anunciado una ampliación de la obligación de emitir la versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital de Nómina por Internet (CFDI). Leer másEl gobierno mexicano anunció la prórroga de la obligación de expedir la versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital de Nómina por Internet (CFDI). El objetivo de esta medida es apoyar a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Se recuerda que desde el 31 de marzo de 2023, concluyó el periodo de coexistencia entre las versiones 3.3 y 4.0 de los CFDI, excepto el CFDI de Nómina. A partir del 1 de abril de 2023, sólo es posible emitir el CFDI versión 4.0.
En caso de que un contribuyente ya haya implementado el CFDI de Nómina en su versión 4.0, ya no se requiere ninguna acción de su parte. En caso de no haber implementado la versión, se otorgará una fecha adicional, como se indica en el comunicado oficial, .