Cambio en disposiciones del sat para facturas electronicas

Aplicabilidad de la facturación electrónica a las pequeñas empresas en el marco del GST

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Mejorar las oportunidades para que las pequeñas empresas, las pequeñas empresas desfavorecidas, las empresas propiedad de mujeres, las empresas propiedad de veteranos, las empresas HUBZone y las empresas propiedad de veteranos discapacitados obtengan una proporción justa de los contratos públicos; c)

Un presupuesto no es una oferta y, en consecuencia, no puede ser aceptado por el Gobierno para formar un contrato vinculante. Por lo tanto, la emisión por parte del Gobierno de un pedido en respuesta a la oferta de un proveedor no establece un contrato. El pedido es una oferta del Gobierno al proveedor para adquirir determinados suministros o servicios en determinadas condiciones. El contrato se perfecciona cuando el proveedor acepta la oferta. (b)

Cómo reportar las facturas faltantes en GSTR-9 para el año fiscal 2021-22

México cuenta con uno de los sistemas de facturación electrónica más sofisticados de América Latina. Conocido localmente como Comprobante Fiscal Digital por Internet, o simplemente CFDI, se estableció en 2011, cuando sustituyó al CFD o Comprobante Fiscal Digital. La diferencia entre estos dos tipos de comprobantes/certificados que sustituyeron a la factura en papel es que el CFDI requiere validación por parte de un Proveedor Autorizado de Certificación, también conocido como PAC. En algunos casos dicha validación se puede hacer directamente con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

El sistema de factura electrónica en México contiene múltiples tipos de certificados fiscales. Entre los principales se encuentran:Comprobante de ingresos: se expide principalmente en operaciones de venta por las que se recibe algún tipo de ingreso en efectivo, cheque o cualquier otra forma, generalmente por ventas de bienes y servicios, pero también en caso de donativos y honorarios.Comprobante de egresos: este tipo de certificado fiscal se expide en los casos en que la empresa paga o devuelve dinero como resultado de devoluciones, bonificaciones, descuentos o cancelación total de un comprobante de ingresos. Equivalen a notas de crédito.

La desvinculación de notas de cargo/abono de la factura está activa en

En 2017, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) introdujo el CFDI 3.3 (Comprobante Fiscal Digital por Internet). A partir del 1 de enero de 2022, el SAT ha lanzado el CFDI 4.0, el sucesor de la versión anterior.La autoridad fiscal mexicana ha establecido un "período de gracia" durante el cual CFDI 3.3 y CFDI 4.0 pueden coexistir para permitir que las empresas se ajusten a estas nuevas regulaciones. Este "periodo de gracia" terminará el 31 de diciembre de 2022, lo que también hará obligatorio el CFDI 4.0 a partir del 1 de enero de 2023.

Los cambios en la nueva actualización del CFDI 4.0 no son tan drásticos como los anteriores de la actualización 3.3. Los cambios son "añadidos" a los requisitos ya existentes del CFDI 3.3. Los cambios más importantes introducidos son:

En la nueva actualización del CFDI 4.0, la cancelación de Facturas Electrónicas tendrá que hacerse de manera más minuciosa.Las multas por no cancelar una Factura Electrónica adecuadamente con los requisitos antes mencionados pueden oscilar entre el 5% y el 10% del monto total del comprobante fiscal.

Factura electrónica Nuevas normas aplicables a partir del 01/10/2022

Actualizaciones de cumplimiento - MéxicoObtenga las últimas noticias y actualizaciones sobre facturación electrónica, pedidos electrónicos, archivo electrónico y requisitos normativos en materia de impuestos indirectos.12 de abril de 2023Ampliación del plazo para cumplir con la nueva versión 4.0 del CFDI El gobierno mexicano ha anunciado una ampliación de la obligación de emitir la versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital de Nómina por Internet (CFDI). Leer másEl gobierno mexicano anunció la prórroga de la obligación de expedir la versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital de Nómina por Internet (CFDI). El objetivo de esta medida es apoyar a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Se recuerda que desde el 31 de marzo de 2023, concluyó el periodo de coexistencia entre las versiones 3.3 y 4.0 de los CFDI, excepto el CFDI de Nómina. A partir del 1 de abril de 2023, sólo es posible emitir el CFDI versión 4.0.

En caso de que un contribuyente ya haya implementado el CFDI de Nómina en su versión 4.0, ya no se requiere ninguna acción de su parte. En caso de no haber implementado la versión, se otorgará una fecha adicional, como se indica en el comunicado oficial, .

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