Verificacion de facturas cfdi sat

E facturación méxico

A partir de enero de 2023, la facturación a través del nuevo CFDI 4.0 (Comprobante Fiscal Digital por Internet) será obligatoria para todos los contribuyentes en México. Hasta entonces, se seguirá aplicando la versión CFDI 3.3. Debido a que el cambio estaba originalmente programado para julio de 2022, Scope se encuentra actualizado al día de hoy y prácticamente ya puede cumplir con los requerimientos del CFDI 4.0.

Los cambios previstos en el CFDI 4.0 han sido codificados en el Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2022 y en el Código Fiscal de la Federación y aplican a toda factura electrónica -entrante y saliente- y anexos relacionados como el Complemento Carta Porte, nóminas, pagos diferidos o comprobantes de retenciones de impuestos a CFDI.

A pesar de toda la complejidad, estos cambios están disponibles de inmediato con el alcance 22.6. Esto también es un paso más hacia la digitalidad para nuestros clientes mexicanos. El movimiento de mercancías y los procesos de liquidación asociados están garantizados sin interrupciones ni retrasos.

CFDI 4.0 xsd

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció el 8 de junio de 2022 que la nueva factura electrónica 4.0 (CFDI 4.0) será obligatoria a partir del 1 de enero de 2023. Esta prórroga de seis meses se otorga para que los contribuyentes puedan realizar el proceso de transición necesario. Leer TaxNewsFlash

La información aquí contenida es de carácter general y no pretende abordar las circunstancias de ninguna persona o entidad en particular. Aunque nos esforzamos por proporcionar información precisa y oportuna, no puede haber ninguna garantía de que dicha información sea exacta a partir de la fecha en que se recibe o que seguirá siendo exacta en el futuro. Nadie debe actuar sobre la base de dicha información sin el asesoramiento profesional adecuado tras un examen exhaustivo de la situación concreta.

Ejemplo de Cfdi

En 2017, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) introdujo el CFDI 3.3 (Comprobante Fiscal Digital por Internet). A partir del 1 de enero de 2022, el SAT ha lanzado el CFDI 4.0, el sucesor de la versión anterior.La autoridad fiscal mexicana ha establecido un "período de gracia" durante el cual el CFDI 3.3 y el CFDI 4.0 pueden coexistir para permitir que las empresas se ajusten a estas nuevas regulaciones. Este "periodo de gracia" terminará el 31 de diciembre de 2022, lo que también hará obligatorio el CFDI 4.0 a partir del 1 de enero de 2023.

Los cambios en la nueva actualización del CFDI 4.0 no son tan drásticos como los anteriores de la actualización 3.3. Los cambios son "añadidos" a los requisitos ya existentes del CFDI 3.3. Los cambios más importantes introducidos son:

En la nueva actualización del CFDI 4.0, la cancelación de Facturas Electrónicas tendrá que hacerse de manera más minuciosa.Las multas por no cancelar una Factura Electrónica correctamente con los requisitos antes mencionados pueden oscilar entre el 5% y el 10% del monto total del comprobante fiscal.

Cfdi méxico qué es

Sovos ha actualizado la versión del webservice de Timbrado (RC Timbre v.6.0) para ofrecer el servicio de certificación (timbrado) de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) para las versiones 3.3 y 4.0, y para el Comprobante Fiscal Digital por Internet que ampara Retenciones e Información de Pagos (CFDI que ampara Retenciones e Información de Pagos) para las versiones 1.0 y 2.0. Sovos está autorizado por el SAT (Servicio de Administración Tributaria) como Proveedor Certificado para Facturas Electrónicas (PCCFDI) con el número de Autorización del SAT 55267.

Adicionalmente, el servicio de timbrado tiene la capacidad de generar una forma impresa de acuerdo a las necesidades del emisor e incluir la información necesaria que se mostrará en este comprobante. Para obtener la versión impresa del CFDI el cliente necesita tener activo dicho servicio, recuperarlo a través de la API REST de Sovos. Para más detalles sobre cómo obtener este PDF consulta este enlace.

La actualización del LCO puede tardar de 36 a 48 horas a partir de que se obtienen los archivos del CSD, este proceso es automático y lo realizan el SAT y el PAC en conjunto, no es necesario realizar ningún trámite adicional.

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