Quienes estan obligados a expedir factura

Factura IVA
Las facturas tienen una importancia vital en el impuesto sobre el valor añadido. Las facturas son una fuente de información sobre la forma en que el vendedor ha gestionado su cuota de IVA y las facturas también sirven como prueba de la deducibilidad del IVA para el comprador. Las facturas también sirven de base para diversas operaciones de control fiscal.
La idea general es que las normas que rigen la facturación deben ser uniformes en todos los Estados miembros de la UE para garantizar el correcto funcionamiento del mercado interior. La normativa de la UE sobre facturación se encuentra en la Directiva del IVA (2006/112/CE). Los artículos 217 a 240 de la Directiva del IVA contienen definiciones y normas sobre la forma en que los vendedores deben expedir facturas a sus clientes, sobre la información mínima de las facturas y sobre las facturas enviadas por medios electrónicos. El artículo 178 contiene disposiciones sobre la posesión de una factura para ejercer el derecho a deducción del IVA, y los artículos 241 a 249 contienen disposiciones sobre cómo deben conservarse las facturas. Gracias a estos estatutos comunitarios, las normas nacionales de los distintos países de la UE están casi totalmente armonizadas.
Ejemplo de factura con inversión del sujeto pasivo
SLIM IVA 3 preveía hasta hace poco modificaciones en el ámbito de las facturas anticipadas. En el curso de los borradores posteriores, lamentablemente en perjuicio de los contribuyentes, se abandonó esta idea. Sin embargo, tal y como resultó, la idea sólo se decidió trasladar -con una redacción análoga- a otro proyecto de ley, concretamente al proyecto de ley sobre el Sistema Nacional de Factura Electrónica.
Actualmente, de conformidad con el artículo 106b para. 1 punto. 4 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido (en adelante, la Ley del IVA), el sujeto pasivo está obligado, por regla general, a expedir una factura que documente la recepción por su parte de la totalidad o parte del pago antes de la venta o prestación del servicio. Deberá expedirse a más tardar el día 15 del mes siguiente a aquel en que se haya recibido del comprador la totalidad o parte del pago (artículo 106 decies, apartado 2, de la Ley del IVA).
No obstante, la obligación tributaria nace, por regla general, en el momento de la recepción, si el contribuyente recibe la totalidad o parte del pago antes de la entrega de bienes o la prestación de servicios (según el apartado 8 del artículo 19a de la Ley del IVA).
Requisitos de facturación de la UE
Facturación IVAObligación de facturación, excepciones, tipos de facturas y contenidoÍndice de información de la facturaFacturas expedidas por el destinatario o por un terceroLos documentos de facturación que debe expedir un empresario o profesional pueden ser elaborados materialmente por un tercero o por el destinatario de la operación (cliente).En cualquier caso, el expedidor de la factura, responsable del cumplimiento del deber, sigue siendo el empresario o profesional que realiza la operación, por lo que sus datos identificativos serán los que figuren en el documento (artículo 5 Reglamento de facturación).
Texto de la factura de cobro revertido
El comienzo de un año implica no sólo nuevos propósitos sino también una revisión a fondo de los cambios que se avecinan, sobre todo en relación con las empresas y todo lo que tiene que ver con su gestión administrativa. Obligaciones como contar con un protocolo de acoso laboral, estar al día en materia de protección de datos son ya una realidad y su incumplimiento acarreará importantes multas económicas.
Entre todos estos cambios, hay uno que vemos cada vez más cerca y es la facturación por medios electrónicos. Todavía hay muchos autónomos y pymes que siguen facturando manualmente, pero hay que ser realistas y pensar que está llegando el momento de dar el salto a lo digital. En este sentido, la Ley Crear y Crecer aprobada por el Congreso de los Diputados, introduce novedades respecto a la factura electrónica, que en primera instancia afectarán a la relación comercial entre empresarios y profesionales (autónomos).
No todas las empresas que ofrecen servicios y productos al público en general están obligadas a emitir facturas electrónicas, aunque es una medida que se implantará tarde o temprano. ¿Qué empresas están obligadas? La respuesta es la siguiente: aquellas empresas que presten servicios de especial trascendencia económica. Es decir, son aquellas empresas que cuenten con más de cien trabajadores en plantilla o que su volumen anual de operaciones, calculado conforme a lo dispuesto en la normativa del Impuesto sobre el Valor Añadido, supere los 6.010.121,04 euros. Y que en ambos casos operen en alguno de los sectores especificados en el BOE.