Isr retenido sobre facturas especiales

Retención a cuenta de dividendos
El impuesto se paga al importar o fabricar un producto. Se concede un crédito respecto al impuesto IPI pagado sobre las materias primas o los componentes utilizados en el producto acabado o consumidos en la producción. La diferencia de IPI también debe abonarse si se trata de bienes o productos:
El ISS es un impuesto municipal sobre la facturación bruta de los servicios. Los servicios sujetos al ISS están definidos por la ley federal. Cada municipio/ciudad debe tener su propia lista de servicios gravados. La COFINS se califica de contribución social y se destina a financiar programas de asistencia social. La COFINS grava los ingresos brutos procedentes del suministro de bienes y servicios.
Si una empresa suministra bienes y/o servicios sujetos a IPI, ICMS, ISS, PIS o COFINS en Brasil, es obligatorio registrarse. No existe un umbral por debajo del cual una empresa no esté obligada a declarar estos impuestos.
¿Es posible el registro voluntario del IVA/IGIC y otros impuestos indirectos para una empresa extranjera (por ejemplo, si el volumen de negocios anual es inferior al umbral de registro del IVA/IGIC y otros impuestos indirectos correspondiente)?
Retención a cuenta sobre el pago de intereses
La información requerida para cada registro de Retención de Impuestos es la siguiente: Flip ACode Ingrese el Código único por el cual el registro debe ser identificado desde cualquier otra parte del ERP Estándar. El Código debe contener dos caracteres. Cuenta Pegar Especial
Registro de Cuenta, Ledger Nominal/Módulo Sistema Especifique la Cuenta que será acreditada con los montos de Retención de Impuestos en las Transacciones del Ledger Nominal creadas a partir de Pagos. Esta Cuenta también se utilizará cuando añada la Retención de Impuestos a las Facturas de Compra manualmente. En esta situación, utilizará la función del menú Operaciones 'Añadir Retención' para añadir una línea de Retención de Impuestos a la Factura de Compra. En esta línea deberá especificar un régimen de Retención y una Cuenta en la que se abonará la Retención. La Cuenta aquí especificada será normalmente la predeterminada. La excepción es en México (es decir, cuando la Ley de IVA en la configuración de Información de la Empresa es "Mexicana"). En este caso, la Cuenta Tmp. Account en flip C será la predeterminada. En México, cuando se pague la Factura de Compra, el Impuesto se moverá de la Cuenta temporal a una definitiva (es decir, a la Cuenta especificada en este campo) automáticamente. Si la Retención de Impuestos se calcula automáticamente en las Facturas de Compra (es decir, la Base de Cálculo de Impuestos en una Fórmula de Cálculo es Por Factura de Compra y la opción Calcular Retención de Impuestos en la Configuración de Facturas de Compra está seleccionada), esta Cuenta no se utilizará. En su lugar, la Cuenta de Retención de Impuestos especificada en la opción Uso de Cuenta P/L se abonará con importes de Retención de Impuestos. Pegar Fórmula Especial
Tipos de retención en el extranjero por país
Dependiendo de la ubicación de su empresa, pueden aplicársele impuestos o el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Siga leyendo para saber qué se aplica en su país. Si desea información sobre otro país, haga clic en el menú desplegable de arriba.
Determinamos si está sujeto al IVA y/o a las Percepciones GRT a partir del número de identificación fiscal y de los documentos que introduce al crear su cuenta. Los siguientes documentos fiscales nos ayudarán a determinar los tipos impositivos correctos a aplicar:
Es importante que nos facilite los documentos fiscales cuando cree su cuenta. Si no disponemos de los documentos fiscales actualizados, la normativa fiscal federal y provincial nos obliga a aplicarle los tipos impositivos más altos, lo que podría afectar a sus costes totales.
El tipo de factura que recibirá depende del número de identificación fiscal (CUIT o DNI) que haya introducido en su cuenta. Si desea recibir una factura con el IVA desglosado, deberá darse de alta como empresa con IVA mediante una CUIT.
Si estás exento de impuestos, subí los certificados al crear tu cuenta para que podamos tenerlos en cuenta a la hora de calcular tus impuestos. Si olvidaste hacerlo o si te han concedido una nueva excepción, sube los certificados en la sección "Perfil de pagos" de la página Configuración.
Retención a cuenta sobre pagos al extranjero
El pagador (ya sea residente o no) de los ingresos tiene la obligación de retener el impuesto cuando se abonan y/o pagan determinados pagos específicos. Algunos de los gastos que requieren WHT son los siguientes.
La Ley de Finanzas de 2021 ha prescrito la recaudación de un mayor impuesto deducido en origen (TDS) e impuesto recaudado en origen (TCS) a los no declarantes del impuesto sobre la renta. En consecuencia, se aplicará un mayor TDS a aquellos que tengan ingresos por intereses, ingresos por dividendos, pensiones vitalicias e ingresos por ganancias de capital. Sin embargo, este mayor TDS sólo se aplicará a una categoría específica de no declarantes. Además, esta nueva sección no se aplicará cuando el impuesto deba deducirse en caso de salarios, fondos de previsión, premios de lotería, premios de apuestas hípicas, ingresos percibidos de un fideicomiso de titulización o retirada de efectivo superior a 2 millones de INR. De acuerdo con las disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta de la India, la tasa de TDS aplicada será la más alta de:
La Ley de Finanzas de 2020 ha introducido disposiciones para el TCS sobre la venta de bienes a una tasa del 0,1% sobre las transacciones de venta de bienes que superen los 5 millones de INR a partir del 1 de octubre de 2020. Estas disposiciones son aplicables sólo si el volumen de negocios/ingresos brutos del vendedor en el año inmediatamente anterior no superan los 100 millones de INR. Además, cuando el comprador no proporcione PAN/Aadhar, el impuesto se recaudará al tipo del 1%. Esta disposición no se aplicará cuando el vendedor exporte bienes fuera de India o el comprador esté importando bienes a India o dicha transacción ya esté cubierta por cualquier otra disposición de la legislación fiscal.