Factura electronica de comercio exterior

Facturación electrónica países europeos

El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) organizó un seminario web sobre el uso de las facturas electrónicas en el comercio internacional los días 25 y 26 de octubre. Los participantes, procedentes de las autoridades aduaneras, fiscales y del sector privado de la región de las Américas, debatieron sobre las oportunidades y los retos que las facturas electrónicas podrían aportar a sus operaciones de comercio internacional. Los participantes hicieron hincapié en la necesidad de cooperación entre las autoridades aduaneras y las autoridades fiscales, lo que permitiría armonizar y facilitar la documentación comercial, especialmente las facturas electrónicas.

La Secretaría de la OMA presentó las Directrices de la OMA para reforzar la cooperación y el intercambio de información entre las autoridades aduaneras y fiscales a nivel nacional, que fueron aprobadas por el Consejo de la OMA en 2016. La Secretaría de la OMA destacó cuestiones como los facilitadores de la cooperación aduanera-fiscal, los mecanismos para el intercambio de información entre las autoridades aduaneras y fiscales, las actividades conjuntas aduaneras-fiscales y los principios clave para el memorando de entendimiento aduanero-fiscal. Las Directrices de la OMA podrían ser una herramienta útil para que los miembros de la OMA se remitan a ellas cuando se considere la cooperación aduanera-fiscal en la agenda de un gobierno con el fin de facilitar el comercio, controlar los flujos financieros ilícitos, luchar contra el blanqueo de dinero y la evasión fiscal, etc. La Secretaría de la OMA también compartió algunas de las mejores prácticas de los miembros de la OMA en este ámbito y abordó las preocupaciones de los participantes en relación con los principales cuellos de botella de la cooperación aduanera-fiscal.

España

El 24 de diciembre de 2021, el Servicio de Administración Tributaria emitió una declaración informativa sobre el uso de una factura electrónica (e-factura) con un componente de conocimiento de embarque y también proporcionando ciertas simplificaciones administrativas.

En general, la normativa tiene como fecha de entrada en vigor el 1 de enero de 2022. Sin embargo, existe un nuevo período de transición -hasta el 31 de marzo de 2022- para corregir las facturas electrónicas sin estar sujeto a sanciones. En lo que respecta a determinadas operaciones de comercio exterior, la factura electrónica con un suplemento de conocimiento de embarque es obligatoria a partir del 31 de marzo de 2022.

Existe una simplificación administrativa para los comerciantes nacionales que utilizan "vehículos de carga ligera" para el transporte de no más de 30 kilómetros en las carreteras federales; estos comerciantes no están obligados a emitir una factura electrónica con un conocimiento de embarque.

La información aquí contenida es de carácter general y no pretende abordar las circunstancias de ninguna persona o entidad en particular. Aunque nos esforzamos por proporcionar información precisa y oportuna, no se puede garantizar que dicha información sea precisa en la fecha en que se recibe o que siga siéndolo en el futuro. Nadie debe actuar sobre la base de dicha información sin un asesoramiento profesional adecuado tras un examen exhaustivo de la situación particular.

Facturación electrónica Europa

El 1 de marzo de 2016 el Servicio de Administración Tributaria (SAT), publicó en su página web el complemento que debe utilizarse para la emisión de un CFDI para operaciones de exportación definitiva de mercancías, utilizando la clave de declaración aduanera "A1".

Los contribuyentes que realicen este tipo de operaciones están obligados a emitir un CFDI de factura electrónica en el que se anexe este complemento. Además, este documento genera obligaciones adicionales para los agentes o despachantes de aduana; ya que también se requerirá registrar el folio fiscal del citado CFDI en el pedimento de exportación de la aduana con la clave "A1".

Es importante señalar que dicho complemento será obligatorio a partir del 1 de julio de 2016. No obstante, las empresas o personas físicas que deseen utilizar dicho complemento antes de la fecha mencionada podrán implementarlo con anticipación.

En el complemento del CFDI para operaciones de comercio exterior se puede identificar la información obligatoria y opcional, y que se indica en las siguientes tablas: (Ver PDF)Como se ha señalado anteriormente, son varios los rubros que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) nos solicita, pero si además analizamos con detenimiento esta información también se incluye en el pedimento aduanero, sólo que ahora también se está incluyendo en el Inoice Electrónico (CFDI), estos ayudarán a las autoridades fiscales a tener un mejor control de las operaciones mencionadas.

Italia

El uso de la factura electrónica (FE) se ha consolidado en América Latina y el Caribe,[1]generando amplios beneficios para las administraciones tributarias y aduaneras, así como para los contribuyentes. Este instrumento se ha utilizado sobre todo en las transacciones nacionales para mejorar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, reducir el fraude fiscal y mejorar la calidad del servicio al contribuyente.

Pero aún queda mucho por hacer para aprovechar las ventajas de su uso. Una magnífica oportunidad poco explorada en nuestra región es el uso de la facturación electrónica para mejorar el cumplimiento fiscal y aduanero en las operaciones de comercio exterior de nuestros países.

Durante el evento, representantes de las administraciones tributarias de Brasil y México, por ejemplo, destacaron que la mayoría de las operaciones de facturación electrónica en sus países se refieren a operaciones que ocurren exclusivamente dentro de su jurisdicción nacional. Aunque Brasil y México están entre los pocos países de nuestra región que utilizan la facturación electrónica para operaciones de comercio exterior, también señalaron que estas operaciones representan sólo una pequeña fracción del potencial esperado.

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