Cif leveransvillkor
De acuerdo con la circular de la política H.Q. No. 24(RE 2004) de fecha 14.01.2004, la comisión pagada al comprador extranjero hasta el 12,5% del valor real de la factura/valor FOB realizado también puede incluirse en el valor FOB al reclamar cualquier beneficio bajo cualquier esquema de la política EXIM. Sin embargo, esta oficina ha tenido conocimiento de casos en los que los solicitantes no siguen la disposición en el espíritu correcto de la política.
También se ha observado que las Secciones, al procesar las reclamaciones, añaden una comisión del 12,5% del valor FOB, incluso en los casos en los que la comisión no se ha pagado o se ha pagado por cantidades menores.
Factura Cfr.
Las condiciones de venta o las condiciones de entrega se denominan actualmente Incoterms (International Commercial Terms). Los términos de venta simplemente deben reflejarse en la factura comercial a efectos aduaneros.
Por lo tanto, todos los costes, cargas y gastos incurridos en la transacción de venta internacional hasta el punto FOB (el punto en el que las mercancías se cargan a bordo del buque o avión) deben incluirse en el valor aduanero. Se trata de los denominados gastos imponibles. Por el contrario, todos los costes, cargas y gastos que se produzcan más allá del punto FOB, pueden excluirse del valor en aduana. Se denominan cargas no imponibles.
En otras palabras, si tiene una factura EXW (Ex Works), debe sumar todos los gastos «imponibles» hasta el punto FOB para llegar al valor en aduana. Del mismo modo, si tiene una factura CIF (Cost Insurance and Freight), puede deducir todos los gastos «no imponibles», como el flete y el seguro, hasta el punto FOB.
Una regla general es tomar el incoterm que figura en la factura comercial, y simplemente trabajar hacia el punto FOB (añadiendo o deduciendo), a menos que el incoterm sea FOB. Aun así, asegúrese siempre de comprobar que todos los gastos de las facturas FOB están contabilizados.
Formato de factura Fob
Un conocimiento de embarque (/ˈleɪdɪŋ/) (a veces abreviado como B/L o BOL) es un documento emitido por un transportista (o su agente) para acusar recibo de la carga para su envío. Aunque históricamente el término se refería sólo al transporte marítimo, hoy en día un conocimiento de embarque puede utilizarse para cualquier tipo de transporte de mercancías[1].
El conocimiento de embarque es uno de los tres documentos cruciales utilizados en el comercio internacional para garantizar que los exportadores reciban el pago y los importadores la mercancía[2] Los otros dos documentos son la póliza de seguro y la factura[a] Mientras que el conocimiento de embarque es negociable, tanto la póliza como la factura son cedibles. En el comercio internacional fuera de Estados Unidos, los conocimientos de embarque se diferencian de las cartas de porte en que estas últimas no son transferibles y no confieren título de propiedad. No obstante, la Ley de Transporte Marítimo de Mercancías del Reino Unido de 1992 concede «todos los derechos de demanda en virtud del contrato de transporte» al titular legítimo de un conocimiento de embarque, o al destinatario en virtud de una carta de porte marítimo o una orden de entrega del buque.
Cif proforma
Las reglas Incoterms 2020 son la última revisión de los términos comerciales internacionales publicada por la Cámara de Comercio Internacional (CCI). Están reconocidos como el texto autorizado para determinar cómo se asignan los costes y los riesgos a las partes que realizan transacciones internacionales.
Las reglas de los Incoterms 2020 determinan si el vendedor o el comprador es responsable y debe asumir el coste de determinadas tareas estándar que forman parte del transporte internacional de mercancías. Además, identifican cuándo el riesgo o la responsabilidad de las mercancías se transfiere del vendedor al comprador.
Hay 11 términos comerciales disponibles bajo las reglas Incoterms 2020 que van desde Ex Works (EXW), que transmite la menor cantidad de responsabilidad y riesgo al vendedor, hasta Delivered Duty Paid (DDP), que pone la mayor responsabilidad y riesgo en el vendedor. Las reglas Incoterms 2020: Tabla de Responsabilidades y Transferencia de Riesgo resume las responsabilidades del vendedor y del comprador bajo cada uno de los 11 términos.
Según las reglas de los Incoterms 2020, CIF significa que el vendedor es responsable de cargar las mercancías debidamente embaladas a bordo del buque que ha designado, del coste del transporte hasta el puerto de destino designado por el comprador y del seguro hasta ese punto. El CIF es una de las dos únicas reglas de los Incoterms 2020 que identifican cuál de las partes debe contratar un seguro.