Complemento requiero para facturar desde el portal del sat

Cfdi méxico

Este artículo proporciona información sobre las facturas electrónicas que su organización puede presentar a la autoridad fiscal mexicana (SAT). Describe el método actualmente aprobado para presentar facturas electrónicas (CFDI), los requisitos para utilizarlas y la información que incluyen.

La integración con el servicio web del PAC no forma parte de la localización mexicana. Para obtener información sobre cómo personalizar una conexión de servicio web con un PAC, consulte "Personalización de la integración con los servicios web del PAC" más adelante en este artículo.

Como se explica en detalle en el documento de alcance de la localización mexicana, la integración con los servicios web del PAC requiere personalización. Esta personalización varía, dependiendo de los servicios web PAC que se contraten.

Pac mexico

Entró en vigor a partir del 1 de junio de 2021, siendo su uso opcional, y a partir del 1 de enero de 2022 es obligatorio. Sin embargo, los contribuyentes tienen hasta el 30 de septiembre de 2022 como periodo de transición para emitir correctamente la Factura CFDI con Complemento de Carta Porte sin multas y/o sanciones.

Es importante señalar que aunque Kuehne+Nagel no estará obligada a expedir el CFDI de Tránsito con Complemento de Carta Porte, sigue siendo responsable, conjuntamente con sus clientes, de la correcta transmisión de la información a los transportistas, quienes están obligados a expedir la Factura de Ingresos CFDI con Complemento de Carta Porte, como lo señala la regla 2.7.1.9

"...Quien contrate el servicio de transporte de bienes o mercancías en territorio mexicano, está obligado a proporcionar al transportista, con exactitud, los datos necesarios para la identificación de los bienes o mercancías que se transportan, de conformidad con lo establecido en el 'Instructivo de llenado del CFDI al que se incorpora el Complemento de Carta Porte', que el SAT publica para tal efecto en su Portal, a fin de que el transportista emita la Factura de Ingreso del CFDI con Complemento de Carta Porte que ampare la operación,...".

Edicom México

A partir del 1 de diciembre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México iniciará la aplicación a prueba sin responsabilidad de la información de la guía aérea, Carta Porte, y el 1 de enero de 2022 iniciará la aplicación plena. El SAT exigirá a todas las entidades que envíen mercancías a través de México que modifiquen sus facturas electrónicas -conocidas como CFDI- con el complemento de Carta Porte.

El nuevo complemento afectará a todos los contribuyentes que transporten bienes y mercancías en territorio mexicano por vía terrestre, marítima, aérea o por tren o carreteras federales. El SAT ha comunicado que sin importar quién emita la "carta porte" todos los sujetos que participen en el traslado de mercancías serán responsables del correcto reporte de información.

El SAT ha hecho un anuncio a través del portal en el que señala que su objetivo es "generar un CFDI con el complemento Carta Porte para relacionar los bienes o mercancías con los lugares de origen, puntos intermedios y destinos, así como referencias al método de transporte; ya sea por vía terrestre (carreteras federales, ferrocarriles), aérea, marítima o fluvial, y también incluirá el traslado de hidrocarburos y petrolíferos".

Complemento requiero para facturar desde el portal del sat 2021

La actualización fue sobre el nuevo Suplemento de Carta Porte que debe agregarse como anexo a la factura electrónica (CFDI) de Traslado o al CFDI de Ingresos que se emiten por los servicios de acarreo.

Por lo tanto, el objetivo de obligar a utilizar el suplemento de Carta Porte, ya sea como anexo al CFDI de Traslado o al CFDI de Ingresos, es garantizar la trazabilidad de los productos que se mueven dentro del territorio mexicano, al exigir que se proporcione información adicional sobre el origen, la ubicación, el destino preciso y las rutas de transporte de los productos trasladados por carretera, ferrocarril, agua o aire en México.

A partir de la entrada en vigor de este cambio, los transportistas de mercancías por carretera, ferrocarril, agua o aire deberán contar con una copia del Suplemento de Carta Porte en el vehículo que acredite el cumplimiento legal de este mandato.

El suplemento de Carta Porte se agregará al CFDI de Traslados cuando el transporte de las mercancías sea realizado por el propietario (es decir, distribuciones internas entre almacenes y tiendas, consignación, etc.) o cuando el vendedor asuma el envío de los productos al comprador.

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