Articulo de los requisitos para la factura

Generador de facturas
Si adquiere bienes o servicios en Holanda, recibirá una factura de su proveedor. Esta factura debe cumplir una serie de requisitos. Cada factura que reciba debe incluir los siguientes datos:
En algunos casos, su número de identificación a efectos del IVA también debe figurar en la factura. Este es el caso de la exportación de bienes a otros países de la UE y de determinados servicios relacionados con ella, como los servicios de transporte. Su número de identificación a efectos del IVA también debe figurar en la factura en los casos de inversión del sujeto pasivo.
¿Ha comprado combustible para su vehículo? Es posible que su nombre y dirección no figuren en el recibo. La condición que se aplica a la deducción del IVA es que sea posible rastrear su nombre y dirección como cliente a través del medio de pago utilizado. Este es el caso si, por ejemplo, paga con tarjeta bancaria, tarjeta de crédito o tarjeta de combustible.
Requisitos de facturación en EE.UU.
Cuándo debe expedirse una factura (calendario)Las empresas deben expedir facturas en los seis meses siguientes a la entrega de bienes o la prestación de servicios a otra empresa. Cuando las empresas entregan bienes o prestan servicios a una empresa de otro país de la UE, las facturas deben expedirse en un plazo de 15 días a partir del final del mes en que se haya efectuado la entrega o prestación.
Cuánto tiempo debe conservarse una facturaLas facturas deben conservarse durante 10 años. La obligación de conservar las facturas se aplica tanto a las facturas de compra como a las de venta. Las facturas electrónicas deben almacenarse electrónicamente, y es posible almacenar facturas electrónicas en otro país de la UE siempre que se pueda acceder a ellas y descargarlas en caso de auditoría fiscal. Es necesario obtener la autorización de la administración fiscal para almacenar facturas en un país no perteneciente a la UE.
¿Qué es una factura?
Las facturas tienen una importancia vital en el impuesto sobre el valor añadido. Las facturas son una fuente de información sobre el tratamiento que el vendedor ha dado a su cuota de IVA y las facturas también sirven como prueba de la deducibilidad del IVA para el comprador. Las facturas también sirven de base para diversas operaciones de control fiscal.
La idea general es que las normas que rigen la facturación deben ser uniformes en todos los Estados miembros de la UE para garantizar el correcto funcionamiento del mercado interior. La normativa de la UE sobre facturación se encuentra en la Directiva del IVA (2006/112/CE). Los artículos 217 a 240 de la Directiva del IVA contienen definiciones y normas sobre la forma en que los vendedores deben expedir facturas a sus clientes, sobre la información mínima de las facturas y sobre las facturas enviadas por medios electrónicos. El artículo 178 contiene disposiciones sobre la posesión de una factura para ejercer el derecho a deducción del IVA, y los artículos 241 a 249 contienen disposiciones sobre cómo deben conservarse las facturas. Gracias a estos estatutos comunitarios, las normas nacionales de los distintos países de la UE están casi totalmente armonizadas.
Requisitos de facturación
Normas nacionales y de la UELos sujetos pasivos que operan en la UE están sujetos a:Principios básicos de las normas de la UELas normas de la UE se encuentran en la Directiva del IVA:En las Notas explicativas se ofrece una explicación detallada de las normas de facturación de la UE.Normas nacionalesLas normas de la UE ofrecen flexibilidad a los países de la UE para tomar decisiones nacionales. La Comisión Europea publica en su sitio web los detalles de las disposiciones específicas aprobadas por cada país de la UE.¿Cuándo es obligatoria la factura?La factura es obligatoria a efectos del IVA con arreglo a las normas de la UE en:También puede haber normas nacionales específicas sobre las operaciones que requieren factura.Entregas entre empresasEn la mayoría de los casos, las empresas deben expedir factura siempre que entreguen bienes o presten servicios a:Excepciones i. Servicios financieros y de seguros exentos (artículo 135, apartado 1, letras a) a g), de la Directiva del IVA).